martes, 10 de agosto de 2010

PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES DE LA TRIBUTACION

LEGALIDAD
GENERALIDAD
IGUALDAD
EQUIDAD
CONFISCATORIEDAD


Nos referimos a los principios, cuando queremos encontrar el origen, la base o fundamentos y la razón de ser de los impuestos. En el derecho tributario para poder analizar y estudiar con mayor profundidad y entender mejor el espíritu de una norma, ante posibles vacíos de la ley, se debe acudir a entender en primer lugar sus principios.
En este orden de ideas podemos partir del texto mismo de la Constitución Nacional en su artículo 363, el cual consagra los principios DE EQUIDAD, EFICIENCIA Y PROGRESIVIDAD, fuera de los que pueden adicionar desde el punto de vista teórico. Los de justicia, oportunidad, economía, certeza, legalidad y neutralidad
Intentemos establecer sus definiciones:
EQUIDAD: Su significado está relacionado con la igualdad respecto de la obligación tributaria; esto quiere decir que a igual riqueza y capacidad económica, debe aplicarse la misma carga impositiva, en una forma que algunos tratadistas también denominan equidad horizontal, (Igual tratamiento a personas en las mismas condiciones) Ejemplo: un ingreso de $10.000.000. recibido por una persona en cualquier lugar del país por un concepto similar, debe pagar una misma tarifa.
La equidad vertical (tratamiento diferente a personas con diferente condición) predica que un ingreso debe pagar más impuesto, en la medida que se incrementa o que a mayor capacidad debe pagarse un mayor tributo; esta teoría es similar al principio de progresividad.
Ejemplo:
BASE TARIFA
$ 100 1%
200 2%
300 3%
400 4%
EFICIENCIA: Los impuestos se cobran o recaudan con el menor costo posible pero deben rendir en material de prestación y ofrecer a la comunidad una satisfacción plena de sus necesidades, es decir que cumplen con el fin para el cual fueron creados. La eficiencia se ve, cuando se hace la inversión dentro de la mayor rigurosidad en las obras y servicios públicos que más reclaman la comunidad, de tal manera que produzcan realmente el efecto esperado y para lo cual se proyectó. Ejemplo: Una obra que cubre la necesidad en forma plena dentro de una comunidad.
PROGRESIVIDAD: Es aquel caso en el cual progresa o aumenta en la medida en la cual aumenta la base gravable. Ejemplo: Retención en la fuente a sueldos mayores de $ 1.895.000.
Veamos el siguiente esquema de la tabla de retención en la fuente para ingresos provenientes de una relación laboral:
INTERVALOS % RETENCION VALOR A
RETENER
1 A 1.895.000 0.00 % 0
1.895.001 A 1.945.000 0.26 % 5.000
1.945.001 A 1.995.000 0.76 % 15.000
2.045.001 A 2.095.000 1.69 % 35.000

No hay comentarios:

Publicar un comentario